HIPISMO COLOMBIANO

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jueves, noviembre 25, 2004

Vean esta perla

Parque Hipódromo La Esmeralda.
"EL JUEZ asociado Jaime B. Fuster, del Tribunal Supremo de Puerto Rico, revocó al Tribunal de Apelaciones y una resolución de la Junta Hípica que denegaba una licencia a Parque Ecuestre La Esmeralda, Inc., para operar un hipódromo en el sur.
Catalogó Fuster la decisión de la Junta Hípica como irrazonable, carente de objetividad y parcialidad indebida para proteger a la empresa que administraba a El Comandante.
La Junta Hípica había denegado la licencia a Parque Ecuestre La Esmeralda, Inc., los cuales solicitaron al Tribunal de Circuito de Apelaciones que revisara tal decisión.
Mediante resolución el 16 de septiembre del 2003, el Tribunal de Circuito de Apelaciones denegó la revisión.
Es entonces que Parque Ecuestre La Esmeralda acude al Tribunal Supremo, el cual indica en su sentencia que "estimamos que la peticionaria (PELE) tiene razón en sus planteamientos".
Es por ello que Fuster revoca la resolución del Tribunal de Apelaciones y la de la Junta Hípica y ordena que el caso sea enviado a la Junta "para que evalúe nuevamente la solicitud de Parque Ecuestre La Esmeralda, Inc.".
Fuster encontró que la exigencia de la Junta Hípica para que "posteriormente que hubiese un compromiso firme de financiamiento es evidentemente irrazonable, puesto que colocaba a los proponentes en una disyuntiva contradictoria: la de obtener los fondos para financiar el proyecto antes de recibir la licencia de operación cuando la tenencia de tal licencia era esencial para lograr el financiamiento mediante bonos".
Además, el juez Fuster encontró que la determinación de la Junta en el estudio de impacto es defectuosa debido a que "la Junta hizo esta determinación a pesar de que el estudio referido no se le solicitó" a Parque Ecuestre como parte del procedimiento para obtener la licencia."

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